Registración Civil
Desde 1859 el gobierno Mexicano requiere que los nacimientos, los matrimonios y las defunciones se registren por las autoridades civiles a nivel municipio. Sin embargo, ésto no se hizo cumplir hasta como 1867. Aunque estos registros contienen muy buena información genealógica, hubo muchos eventos que fueron registrados. Por eso los registros parroquiales se deben usar junto con los registros civiles. Pueden esperar hayar la siguiente información en los registros civiles:
Nacimientos
Las actas de nacimiento dan el nombre del niño(a), la fecha, lugar y hora del nacimiento, el domicilio de la familia, los nombres de los padres y muy seguido los nombres de los abuelos. También las actas incluyen las edades y ocupaciones de los padres, y el numero de hijos que ha tenido la mamá.
Matrimonios o Casamientos
Los registros de matrimonio contenían poca información cuando comenzó el registro civil. No obstante, más información se incluyó a travez del tiempo. Típicamente se haya los nombres de los contrayentes, sus edades y domicilios, y la fecha y lugar del matrimonio. Los registros posteriores a menudo dan los nombres de los padres de los contrayentes y otra información.
Defunciones
Las actas de defunción pueden ser de gran ayuda ya que pueden incluir a gente que nació y se casó antes de que comenzara el registro civil. Estas actas dan en nombre del difunto, y la fecha y lugar de muerte. Puede que también incluyan la edad del difunto, los nombres de sus padres, su ocupación, el nombre del cónyuge, e información sobre el entierro.














